Tutela instaurada por Personero de Bogotá a favor de los Embera, fue fallada de manera positiva

Tutela instaurada por Personero de Bogotá a favor de los Embera, fue fallada de manera positiva

La Juez Tercera de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple falló a favor de los derechos de los pueblos étnicos la acción de tutela interpuesta por el Personero de Bogotá, Julián Pinilla Malagón, y concedió las medidas cautelares solicitadas en protección reforzada de derechos de estas comunidades que cumplen cerca de tres meses en las inmediaciones del Parque Nacional.

La medida busca garantizar “la protección y garantía de sus derechos fundamentales a la vida, dignidad humana, derechos prevalente de niños y niñas, integridad étnica, diversidad e identidad cultural, derechos de los adultos mayores, seguridad alimentaria, mínimo vital, vivienda en condiciones dignas, unidad familiar, salubridad, reparación y atención integral con enfoque diferencial étnico indígena, autodeterminación, confianza legítima y consulta previa”.

Ante las “condiciones de vulnerabilidad extrema en las que se encuentran y con el propósito de evitar un perjuicio posterior e irreparable en la vida, dignidad humana, salud, derechos prevalentes de niños y niñas, integridad étnica, diversidad e identidad cultural, derechos de los adultos mayores, seguridad alimentaria, mínimo vital, vivienda en condiciones dignas, unidad familiar, salubridad, reparación y atención integral con enfoque diferencial étnico indígena, autodeterminación y consulta previa”, la medida provisional concedida ordena acciones inmediatas.

Dentro de los accionados están: Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaría Distrital de Gobierno, Secretaría Distrital de Integración Social, Secretaría Distrital de Salud, Secretaría Distrital de Hábitat, Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación; y Subdirección de Asuntos Étnicos de la Secretaría Distrital de Gobierno.

La medida conmina a la administración distrital a brindar a los grupos de las comunidades indígenas asentadas en Parque Nacional Enrique Olaya Herrera, condiciones de salud, alimentación, agua potable, elementos de aseo personal, manejo de residuos y desagües para gozar de condiciones sanitarias de habitabilidad mientras se resuelve su reubicación.

De esta manera la Personería de Bogotá ejerce las atribuciones que le corresponden  como garante de los derechos humanos en la ciudad, en este caso a favor de las comunidades indígenas que vienen soportando condiciones precarias para su vida e integridad personal, en especial las niñas, niños, mujeres gestantes, lactantes y adultos mayores.

Igualmente reitera el llamado a la protección reforzada de las poblaciones indígenas en el marco ciudad de Bogotá, el respeto por su autonomía, decisiones propias, usos y costumbres; reiterando que no es aceptable la estigmatización ni la discriminación.

Asimismo, honra la memoria de un niño Emberá Chamí, de 1 año y 9 meses, fallecido por dificultades respiratorias, al parecer por las precarias condiciones en que se encontraba en el Parque Nacional e insta a que estas situaciones no se repitan.

Fuente: Oficina de Prensa Personería de Bogotá

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By Wilson Castiblanco

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