multa

Sin excusas: Ahora no es necesario determinar quién conduce un vehículo para sancionar una infracción

Sin excusas: Ahora no es necesario determinar quién conduce un vehículo para sancionar una infracción

A través la sentencia C-321 de 2022, la Corte Constitucional estableció que el dueño de un vehículo es el responsable de su adecuada tenencia y debe velar porque el mismo cumpla con las normas de tránsito. Con este fallo, el propietario de un vehículo deberá garantizar que tenga la revisión técnico - mecánica y el SOAT vigente, así como no circular en horarios no permitidos, no exceder los límites de velocidad, detenerse en los semáforos, entre otros. La Secretaría de Movilidad explica que ahora en Bogotá no será necesario determinar quién conduce el vehículo para sancionar una infracción. Para ser…
Lee más
<strong>Renueve su licencia de conducción y evite congestiones</strong>

Renueve su licencia de conducción y evite congestiones

La Secretaría Distrital de Movilidad les recuerda a los conductores que el plazo de la renovación de la licencia de conducción en Colombia se acortó, debido a que la Corte Constitucional tumbó, el pasado 13 de julio de 2022, la norma que suspendía hasta por dos años el vencimiento de las licencias de conducción con fecha de expiración entre el 1 y el 31 de enero de 2022, plasmada en el artículo 11 de la ley 2161 de 2021. Aunque en Bogotá se han renovado 16.969 licencias de conducción, aún están pendientes por renovar 490.738. Para verificar la fecha de…
Lee más
Inician sanciones económicas por pico y placa a vehículos particulares en Bogotá

Inician sanciones económicas por pico y placa a vehículos particulares en Bogotá

A partir de hoy, martes 17 de enero, inicia la imposición de comparendos por el incumplimiento de la medida de pico y placa, teniendo en cuenta el cambio que se dio para el nuevo año. Durante los días impares pueden circular los vehículos con placa terminada en 1, 2, 3, 4 y 5 y en los días pares aquellos cuya placa termine en 6, 7, 8, 9 y 0. Esta sanción está contemplada por el valor de $522.900, de acuerdo al Código Nacional de Tránsito en la infracción C.14: “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad…
Lee más
Demanda busca que venta de dosis mínima de marihuana no tenga cárcel

Demanda busca que venta de dosis mínima de marihuana no tenga cárcel

A pesar de que cualquier ciudadano puede acceder a la dosis mínima de marihuana sin ser penalizado, quienes la distribuyen se exponen a penas de entre 8 a 20 años de prisión y una multa de 50 salarios mínimos. De acuerdo con los abogados Francisco Lara y Alfy Rosas, la Corte Constitucional tiene una deuda pendiente con los consumidores recreativos de marihuana, puesto que, hace 28 años el alto tribunal dejó claro que los colombianos podían acceder a la dosis mínima sin sanciones. No definidas las condiciones para la distribución del narcótico, la cuestión podría ser aclarada en los próximos…
Lee más