Este es el ABC de las nuevas restricciones para Bogotá

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Desde las 00:00 horas del sábado 10 de abril y hasta las 4:00 de la mañana del martes 13 de abril Bogotá tendrá una nueva restricción general de la movilidad decretada por la Alcaldía Mayor tras confirmarse que se atraviesa el tercer pico de contagio de la pandemia de Covid-19.

En ese mismo lapso estará prohibida la venta de bebidas alcohólicas en la capital de la República. A partir del martes 6 de abril todos los establecimientos de atención al público deben implementar pico y cédula para su funcionamiento, hasta la media noche del 19 de abril.
 
Restricción general de la movilidad
 

  • La prohibición comenzará a las 00:00 horas del próximo sábado 10 de abril y estará vigente hasta las 4:00 de la mañana del martes 13 de abril.
  • Ningún ciudadano podrá circular por las calles de la ciudad (ni a pie, ni en vehículos) y solo una persona por núcleo familiar podrá salir a abastecerse (teniendo en cuenta el pico y cédula).
  • Están exceptuados de la medida trabajadores de la salud, trabajadores de servicios que suplan necesidades básicas como comercio de alimentos, farmacias, transporte público, cuidado del orden público, periodistas, atención sanitaria o quien presente un asunto de fuerza mayor.
  • Las actividades de abastecimiento podrán realizarse entre las 5:00 de la mañana y las 7:59 de la noche de cada día mientras esté vigente la medida y cada establecimiento deberá contar un aforo máximo dependiendo de sus capacidades de atención.

 
Pico y cédula
 

  • Esta medida comenzó a regir a las 00:00 del martes 6 de abril y estará vigente hasta las 11:59 de la noche del lunes 19 del mismo mes en todas las localidades de Bogotá.
  • Los ciudadanos con cédulas pares no podrán ingresar a esos espacios en los días pares y quienes tengan cédula impar no podrán hacerlo los días impares del mes.
  • Todos los establecimientos de atención al público (sean de carácter público o privado) deben cumplir la medida, con algunas excepciones como restaurantes, hoteles, servicios de salud y parques, entre otros.
  • También se exceptúan de la restricción algunas actividades culturales, religiosas y turísticas en espacios como museos, cines y teatros, entre otros.
  • El próximo martes 13 de abril se revisará la efectividad de la medida durante el fin de semana y se va a determinar si continúa, si tiene alguna modificación o si no sigue vigente.

 
Restricción a la venta de licor
 

  • Desde las 00:00 horas del sábado 10 de abril y hasta las 4:00 de la mañana del martes 13 del mismo mes, estará prohibida la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en sitios abiertos al público en las 20 localidades de la ciudad.
  • Está autorizada la venta de licores solo a través de domicilio (ya sea telefónico o por aplicación) durante ese lapso.

 
Procedimientos médicos
 

  • A través del Decreto 135 del 2021, en el cual se dictan las disposiciones mencionadas anteriormente, se suspendieron también de forma temporal los procedimientos quirúrgicos de mediana o alta complejidad no diferibles que puedan derivar en el uso de unidades de cuidados intensivos (UCI), con el fin de tener disponibilidad para afectados por la pandemia.
  • La restricción también será aplicada progresivamente a los procedimientos de complejidad intermedia que requieran hospitalización, para que se garantice la misma disponibilidad de servicios hospitalarios que tuvo la ciudad durante el segundo pico de contagio.

Acá encontrarás las respuestas a las preguntas más frecuentes para el fin de semana 
 

  • ¿Se pueden realizar trasteos durante la restricción total a la movilidad en Bogotá?

 
Sí se pueden llevar a cabo, solo en el marco de una situación de extrema necesidad como la terminación del contrato de arrendamiento, la atención a personas en estado de vulnerabilidad manifiesta o cuando sea la única alternativa para garantizar vivienda digna.
 
Además, tanto la persona que realiza la mudanza como la empresa encargada deben cumplir con protocolos de bioseguridad como el uso del tapabocas y el distanciamiento físico, entre otros. 
 

  • ¿Puedo dejar o recoger a algún familiar que tenga un viaje programado desde o hacia el aeropuerto El Dorado?

 
Sí se puede, siempre y cuando sea solamente una la persona que va a recoger o a dejar a los viajeros y preferiblemente debe tener a la mano la confirmación del vuelo de salida o de llegada. 
 

  • ¿Pueden hacerse reuniones familiares o de amigos tales como fiestas y/o asados, entre otros?

 
No se puede. Una de las recomendaciones epidemiológicas hechas por el Distrito y los expertos es evitar las reuniones entre personas que no viven en el mismo hogar para evitar que aumente la cifra de contagios de coronavirus.
  

  • ¿Se puede comprar o consumir licor durante la restricción total a la movilidad?

 
Los establecimientos abiertos al público no podrán vender licores de forma presencial entre las 00:00 horas del sábado 10 de abril y las 4:00 de la madrugada del martes 13 de abril; así como también está restringido el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos. Sin embargo, ese tipo de productos sí se podrán distribuir a domicilio.
 

  • ¿Qué hago si necesito llevar a un familiar a vacunarse contra el Covid-19 o a otro servicio relacionado con la salud?

 
Una sola persona podrá llevar a quien necesite ir a vacunarse contra el Coronavirus o a cualquier otro servicio médico, siempre y cuando el paciente sea adulto mayor, persona con condiciones especiales, con limitaciones a su movilidad o menores de edad.
 

  • ¿Cómo se afectará el funcionamiento de los colegios que implementan la alternancia durante las restricciones?

 
Las instituciones educativas que se encuentran en proceso de reapertura gradual solo tendrán restricciones para la presencialidad el próximo lunes 12 de abril, ya que el toque de queda general está programado desde las 00:00 horas del sábado 10 de abril hasta las 4:00 de la mañana del martes 13, sin exceptuar a estudiantes.
 

  • Si estaba afuera de la ciudad, ¿puedo regresar el fin de semana a pesar de las restricciones a la movilidad?

 
Sí. Las personas que se encontraban afuera del Distrito Capital podrán regresar el fin de semana y deberán dirigirse de inmediato a sus viviendas para evitar violar el toque de queda decretado por la Alcaldía Mayor y se sugiere que entren en cuarentena.
  

  • ¿Puedo sacar a mi mascota como normalmente lo hago, a pesar de las restricciones a la movilidad?

 
Solo una persona por núcleo familiar podrá sacar a la mascota cuando sea necesario, en su entorno más inmediato, por un lapso que no supere los 20 minutos y también podrá abastecerse de alimentos para sus animales. Las personas encargadas de la salud y alimentación de las mascotas no tendrán restricciones de movilidad entre el sábado 10 de abril y el martes 13. 
 

  • ¿Se pueden realizar actividades de ejercicio y entrenamiento físico?

 
Las personas están autorizadas para salir máximo una hora diaria a hacer actividades físicas individuales. Están suspendidas las prácticas y deportes grupales durante la restricción a la movilidad decretada para el próximo fin de semana. 
 

  • ¿Estará habilitada la ciclovía el próximo domingo 12 de abril?

 
Como parte de la restricción de prácticas deportivas grupales en la ciudad, la ciclovía estará suspendida el próximo domingo 12 de abril debido a la restricción general a la movilidad decretada por el Distrito desde las 00:00 horas del sábado 10 de abril y hasta las 4:00 de la mañana del martes 13.
 
  
Si tienes algún síntoma respiratorio no dudes en aplicar la estrategia DAR:
 

  • Detectar los síntomas,
  • Aislarse en casa y
  • Reportar a tu EPS para la toma de la prueba de Covid-19.

Fuente: Alcaldía Mayor

By Aura Nelly Díaz

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