No más marihuana en parques, Corte Constitucional reiteró prohibición del consumo

No más marihuana en parques, Corte Constitucional reiteró prohibición del consumo

No más marihuana en parques, Corte Constitucional reiteró prohibición del consumo.

La Corte Constitucional avaló la prohibición que existe en el consumo de sustancias psicoactivas, como cigarrillos de marihuana, en parques infantiles, centros educativos y deportivos. Ahora, las alcaldías deben emitir un protocolo para hacer cumplir la orden.

La Corte Constitucional reiteró la prohibición contemplada en la Ley 2000 del 14 de noviembre de 2019, sobre el consumo de sustancias psicoactivas en parques, centros educativos y deportivos. Esto, con el fin de garantizar el derecho de los niños y jóvenes a un entorno seguro y saludable esa restricción.

Está ley modificó el Código Nacional de Policía y Convivencia y el Código de la infancia y la Adolescencia “en materia de consumo, porte y distribución de sustancias psicoactivas en lugares con presencia de menores de edad y se dictan otras disposiciones”.

Se concluye que prohíbe el consumo incluso de dosis mínimas de drogas y alcohol en dichos lugares, como entornos escolares. También, el consumo de drogas en lugares públicos como parques de bolsillo.
Ahora, alcaldías como la Bogotá deberán dictar un protocolo con la Policía y demás a autoridades para hacer cumplir esta medida, que reitera la Corte.

La Corte Constitucional es una institución de la Rama Judicial del Poder Público creada mediante la adopción de la Constitución de 1991 con el fin de guardar la integridad y supremacía de la Carta Política.

Está integrada por nueve magistrados, nombrados por el Senado de la República para períodos individuales de ocho años de ternas enviadas por el presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.

Redacción: Juan Carlos Vlalejo – periodista Suba Alternativa

By Aura Nelly Díaz

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