Así podrá realizar la solicitud de lavado y desinfección de tanques de agua para consumo humano

Así podrá realizar la solicitud de lavado y desinfección de tanques de agua para consumo humano

Así podrá realizar la solicitud de lavado y desinfección de tanques de agua para consumo humano.

La Secretaría de Salud de Boyacá, tiene entre sus funciones como autoridad sanitaria, el desarrollo de estrategias con enfoque de riesgo que permitan mejorar la calidad de vida de la población, adelantando acciones de inspección, vigilancia y control de la calidad de agua para consumo humano, uno de los aspectos fundamentales para la salud pública, teniendo en cuenta que las condiciones adecuadas de la acometida y las redes internas domiciliarias, son indispensables.

Por esta razón, para el mantenimiento, lavado y desinfección de tanques de almacenamiento domiciliario de agua potable, la ciudadanía debe contratar los servicios de una empresa especializada en ese tipo de actividades, que tenga el concepto sanitario favorable de la Secretaria, y una vez prestado el servicio debe certificar las condiciones del agua de cada uno de los tanques intervenidos.

La Ley 9 de 1979 y el Decreto 1575 de 2007, en sus artículos 9 y 10, establece las siguientes consideraciones con relación al proceso de lavado y desinfección de tanques de almacenamiento de agua para consumo humano: “Que los tanques de almacenamiento domiciliario de agua para consumo humano requieren un lavado y desinfección periódico (mínimo cada seis meses) con el fin de garantizar la conservación de la calidad de agua”. Y “Se requiere controlar a las empresas dedicadas a realizar la actividad de lavado y desinfección de tanques de almacenamiento de agua para consumo humano”.

Como consecuencia de lo expuesto, empresas particulares o de servicios públicos, y personas naturales y jurídicas que prestan el servicio de lavado y desinfección de tanques requieren el concepto sanitario correspondiente; para tal propósito, deben presentar ante la Dirección de Promoción y Prevención en Salud y su Grupo de Salud Ambiental, en la Secretaría de Salud del Departamento, los siguientes documentos:

Formato de solicitud de visita.

Concepto para empresas prestadoras de servicio de lavado y desinfección de tanques de almacenamiento de agua para consumo humano.

Permiso de suelos otorgado por parte de Planeación o quien haga sus veces en el municipio objeto de inspección.

Lista de los equipos a utilizar en la actividad de lavado y desinfección de tanques de almacenamiento y equipos para realizar trabajo en alturas y/o espacios confinados.

Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio, en donde se relacionen los datos básicos de la empresa de inspección.

Listado del personal profesional, técnico o tecnólogo, con cargo, experiencia y título que garantice la idoneidad (copia de diploma y/o título académico en ingenierías Química, Sanitaria o Ambiental, Farmacéutica, Química, Química de Alimentos, Técnico en Saneamiento Ambiental, Técnico en Agua Potable y afines a saneamiento básico).

Certificados de capacitación de trabajo de alturas para tanques aéreos y capacitación de trabajo en espacios confinados.

Contrato, hoja de vida, diploma que acredite al personal encargado del cálculo de los desinfectantes y su correspondiente preparación.

Ficha de seguridad de los desinfectantes utilizados para realizar la actividad de desinfección y el lavado de tanques.

Protocolo para el transporte de productos químicos utilizados en la actividad de lavado y desinfección de tanques según el Decreto 1609 del 2002 o la norma que lo modifique.

Protocolos propios para el lavado y desinfección de tanques de almacenamiento de agua para consumo humano.

Lista y registro de la dotación a utilizar en la actividad de lavado y desinfección de tanques, la cual será exclusiva de la empresa y no se deberá utilizar en otras actividades que esta realice; mínimo debe contar con los elementos de protección personal establecidos por su sistema de seguridad y salud en el trabajo.

Documento en donde se diligencian los datos de prestación del servicio, el cual debe contener como mínimo:

– Información del cliente: nombre, cédula de ciudadanía o NIT, datos de contacto, fecha de servicio, tipos y capacidad de tanques.

– Información de la empresa que presta el servicio: personal que desarrolla la actividad, elementos de protección personal, equipos e implementos de seguridad (según el caso); equipos empleados para el lavado, tipo y cantidad de desinfectante y cantidad de agua utilizada, valores de pH y cloro residual libre, posteriores al proceso.

Finalmente, una relación semestral de los servicios prestados de lavado y desinfección de tanques realizados en el Departamento.

Una vez el profesional a cargo evalúe la totalidad de los documentos enviados, realizará la visita de inspección al establecimiento en el lugar donde se ubique la empresa, con el fin de verificar:

La ubicación del establecimiento, que estar en un área separada de la vivienda, y contar con entrada independiente en donde no se realice preparación de alimentos y se encuentre aislado de la zona de manipulación de sustancias químicas.

La señalización prohibitiva, informativa y preventiva en cada una de las áreas, así como la correspondiente ruta de evacuación.

Las instalaciones de la empresa deben estar separadas por áreas, debidamente delimitadas o demarcadas (según artículo 91 de la Ley 9 de 1979).

Área de almacenamiento de productos químicos empleados para el lavado de tanques de almacenamiento de agua para consumo humano, la cual debe tener ventilación adecuada.

El establecimiento en donde se ubica la empresa debe contar con la correspondiente señalización de las áreas de almacenamiento, productos y elementos de protección personal empleados en la actividad.

Kit de medición de cloro residual libre y pH, con reactivos que se encuentren en su periodo de vigencia.

Dentro de los veinte días, calendario, siguientes a la visita, la Secretaría a través de la Dirección de Promoción y Prevención, emitirá el concepto sanitario con vigencia de un año, contado a partir de su expedición, sin perjuicio de las visitas de inspección, vigilancia y control que en cualquier momento realice la misma sectorial a las instalaciones relacionadas en la solicitud inicial.

Pasado el año de vigencia debe realizarse el proceso de renovación. 

Fuente: Gobernación de Boyacá

By Sara Julieth Castiblanco Diaz

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